La proposición de ley de amnistía pasó el filtro del Congreso en primera vuelta (178-172) y lo volverá a pasar tras su paso por el Senado. Pero no está garantizado ningún automatismo respecto al filtro de los jueces, que son los llamados a aplicarla a la luz del sagrado dogma civil de la separación de poderes.

Cuando hace unos días el presidente del Gobierno se felicitó por el furtivo acuerdo con Junts, perdió una excelente oportunidad de morderse la lengua: “La legislatura empieza ahora y a Feijóo se le va a hacer muy larga”. Pienso en la patada al tablero de Aragonès (inesperada convocatoria de elecciones en Cataluña) y también en el volquete de dudas sobre la aplicación de la ley. No tanto para cientos de encausados por aportaciones de bajo perfil al procés como para los altos dirigentes que pudieron incurrir en supuestos excluidos (terrorismo, traición y malversación).

Caso significativo es el de Puigdemont. Su futuro está en manos del Tribunal Supremo, donde se le investiga por terrorismo a la luz de la legislación europea, coincidente en lo fundamental con el Código Penal. Eso no le impide volver de su escapada si antes no es procesado, incluso podría presentarse a las elecciones autonómicas porque, a diferencia de Oriol Junqueras, no está inhabilitado ni pesa sobre él ninguna sentencia firme. Así que puede venir a España cuando quiera, sin perjuicio de que, como ocurrió con Clara Ponsatí, sea detenido para quedar a disposición judicial y puesto en libertad inmediatamente.

Afirmar que por fin va camino del BOE una ley que “no deja a nadie fuera”, como dicen quienes la respaldan, es una simpleza. No está garantizado su poder cancelador. Demasiado pronto para echar al vuelo las campanas de quienes creen tener de rodillas al Estado. Al menos en el caso de los aforados con causas abiertas en el TS y un juzgado de Barcelona.

El Congreso aprueba la ley de aministía

¿Hubo o no “terrorismo”, según la legislación europea? ¿Hubo o no un delito de traición en las amenazas “reales y efectivas” contra la paz social y el orden institucional? ¿Encajará en la legislación europea sobre la malversación el atenuante del no enriquecimiento personal?

Las respuestas están institucionalmente encomendadas a los jueces, que son totalmente ajenos a los planes de venta del Estado por los siete escaños de Junts para el reenganche de Sánchez en la Moncloa. Una inmersión entre juristas de reconocido prestigio, según el habitual etiquetado de estos servidores públicos, te lleva al desaliento por la espesura de la bruma que rodea la aplicación de la amnistía a todos aquellos que en su día cometieron actos delictivos “con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión de Cataluña”.

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Casi nadie repara en los hachazos a la letra y el espíritu del texto a su paso por el Senado, donde las modificaciones que va a sufrir durante los dos próximos meses están llamadas a desaparecer en su vuelta al Congreso. Pero en los medios políticos, judiciales y mediáticos van y vienen las teorías sobre la aplicación práctica cuando haya dudas a la hora de determinar si tal o cual conducta judicializada entra o no entra en los supuestos no amnistiables previstos en la ley.

Allá cada juez y su margen de interpretación. Dicho sea, sin acabar de descifrar las intenciones de quienes, dentro de la propia magistratura, reparten tutoriales sobre cómo proceder para trasladar las dudas al Tribunal de Justicia de la UE mediante las llamadas “cuestiones prejudiciales” que paralizan la aplicación de la ley en cada caso. Esos modelos se están haciendo llegar a los juzgados (la mayoría en Cataluña, claro), donde siguen abiertas numerosas causas abiertas en relación con los hechos del desafío secesionista de 2017.

La proposición de ley de amnistía pasó el filtro del Congreso en primera vuelta (178-172) y lo volverá a pasar tras su paso por el Senado. Pero no está garantizado ningún automatismo respecto al filtro de los jueces, que son los llamados a aplicarla a la luz del sagrado dogma civil de la separación de poderes.

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Caso significativo es el de Puigdemont. Su futuro está en manos del Tribunal Supremo, donde se le investiga por terrorismo a la luz de la legislación europea, coincidente en lo fundamental con el Código Penal. Eso no le impide volver de su escapada si antes no es procesado, incluso podría presentarse a las elecciones autonómicas porque, a diferencia de Oriol Junqueras, no está inhabilitado ni pesa sobre él ninguna sentencia firme. Así que puede venir a España cuando quiera, sin perjuicio de que, como ocurrió con Clara Ponsatí, sea detenido para quedar a disposición judicial y puesto en libertad inmediatamente.

Afirmar que por fin va camino del BOE una ley que “no deja a nadie fuera”, como dicen quienes la respaldan, es una simpleza. No está garantizado su poder cancelador. Demasiado pronto para echar al vuelo las campanas de quienes creen tener de rodillas al Estado. Al menos en el caso de los aforados con causas abiertas en el TS y un juzgado de Barcelona.

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Las respuestas están institucionalmente encomendadas a los jueces, que son totalmente ajenos a los planes de venta del Estado por los siete escaños de Junts para el reenganche de Sánchez en la Moncloa. Una inmersión entre juristas de reconocido prestigio, según el habitual etiquetado de estos servidores públicos, te lleva al desaliento por la espesura de la bruma que rodea la aplicación de la amnistía a todos aquellos que en su día cometieron actos delictivos “con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión de Cataluña”.

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Allá cada juez y su margen de interpretación. Dicho sea, sin acabar de descifrar las intenciones de quienes, dentro de la propia magistratura, reparten tutoriales sobre cómo proceder para trasladar las dudas al Tribunal de Justicia de la UE mediante las llamadas “cuestiones prejudiciales” que paralizan la aplicación de la ley en cada caso. Esos modelos se están haciendo llegar a los juzgados (la mayoría en Cataluña, claro), donde siguen abiertas numerosas causas abiertas en relación con los hechos del desafío secesionista de 2017.

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Amnistía: un volquete de dudas

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15.03.2024

La proposición de ley de amnistía pasó el filtro del Congreso en primera vuelta (178-172) y lo volverá a pasar tras su paso por el Senado. Pero no está garantizado ningún automatismo respecto al filtro de los jueces, que son los llamados a aplicarla a la luz del sagrado dogma civil de la separación de poderes.

Cuando hace unos días el presidente del Gobierno se felicitó por el furtivo acuerdo con Junts, perdió una excelente oportunidad de morderse la lengua: “La legislatura empieza ahora y a Feijóo se le va a hacer muy larga”. Pienso en la patada al tablero de Aragonès (inesperada convocatoria de elecciones en Cataluña) y también en el volquete de dudas sobre la aplicación de la ley. No tanto para cientos de encausados por aportaciones de bajo perfil al procés como para los altos dirigentes que pudieron incurrir en supuestos excluidos (terrorismo, traición y malversación).

Caso significativo es el de Puigdemont. Su futuro está en manos del Tribunal Supremo, donde se le investiga por terrorismo a la luz de la legislación europea, coincidente en lo fundamental con el Código Penal. Eso no le impide volver de su escapada si antes no es procesado, incluso podría presentarse a las elecciones autonómicas porque, a diferencia de Oriol Junqueras, no está inhabilitado ni pesa sobre él ninguna sentencia firme. Así que puede venir a España cuando quiera, sin perjuicio de que, como ocurrió con Clara Ponsatí, sea detenido para quedar a disposición judicial y puesto en libertad inmediatamente.

Afirmar que por fin va camino del BOE una ley que “no deja a nadie fuera”, como dicen quienes la respaldan, es una simpleza. No está garantizado su poder cancelador. Demasiado pronto para echar al vuelo las campanas de quienes creen tener de rodillas al Estado. Al menos en el caso de los aforados con causas abiertas en el TS y un juzgado de Barcelona.

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