Eduardo Claure

La Ley de Participación Popular entró en vigor en Bolivia el 20 de abril de 1994. Con esta Ley, No.1551, se les otorga una relativa autonomía de gestión pública a los municipios urbanos, y rurales, que fueron creados. Las formas de organización social de los pueblos indígenas adquirieron también, por primera vez, un reconocimiento jurídico, así como determinados derechos de participación a nivel local. La Ley de Participación Popular formaba parte de un paquete de reformas de la coalición en el gobierno (MNR-MBL 1993-97) bajo la presidencia de Gonzalo Sánchez de Lozada (MNR). Parte de este paquete de reformas fueron: la reforma de la constitución, la ley de capitalización, la reforma educativa, la ley para la descentralización y la Ley agraria INRA, que se aprobó a fines de 1996.
Sin embargo de su revolucionario diseño, trajeron consigo, por la mano política, las trampas de la democratización formal, entre ellas las experiencias en las comunidades rurales hacen patente la dimensión de las dificultades a las que se enfrentaban, lo insuficiente que fueron las medidas de apoyo para la implementación de la Ley de Participación Popular y la manera tan distinta en que las comunidades confrontaban las nuevas tareas, a pesar del despliegue de agentes del gobierno central, las prefecturas, las aun existentes corporaciones de desarrollo, agencias de cooperación y cuando no, centenares de ONGs que fueron los operadores de su implementación con infinidad de cursos, talleres y seminarios, capacitando en los procesos de planificación participativa, la administración municipal, su evaluación de gestión y las proyecciones con visión de desarrollo local. Las OTBs y los gobiernos comunales se encontraron bajo presión frente a las demandas de la Planificación Participativa, que suponía la elaboración de un Plan de Desarrollo Municipal, los famosos PDMs. Los miembros de los Comités de Vigilancia tenían que aprender acerca de su rol. Los vecinos, que tienen experiencia en el trato con el mundo y los políticos criollos, se posesionaron del nuevo poder local y utilizaron sus conexiones con la capital departamental para asegurar sus intereses personales, por ejemplo, en el caso de las empresas constructoras locales, cuando se planeaban construcciones. Los miembros del Consejo y el ejecutivo Municipal confundieron muy a menudo los recursos disponibles creyendo que se podían disponer libremente y al gusto. Lo que llevó a tener al año 2002 más de 5700 procesos abiertos a ediles, concejales y personal del 85% de los 319 municipios existentes a ese año. Estas algunas de las dificultades que se presentaron, pues, se enfrentaban a estructuras nuevas de administrar la cosa pública local bajo formas de diseño de grandes municipios es decir, se administraba un municipio de 10.000 habitantes con las reglas de un municipio de 1 millón de habitantes, esto produjo sin fin de tortuosos conflictos administrativos, auditorias, denuncias y sin fin de procesos vía Contraloría y la Comisión de Participación Popular de la Cámara de Diputados, que publicaron aquellas cifras en su Memoria del 2003.
Aparecieron conflictos como por ejemplo respecto los nuevos límites municipales, que no coinciden a menudo con los límites territoriales étnicos tradicionales como el caso de los límites de los Ayllus, asunto irresuelto hasta hoy y magnificados con el proceso precensal de la actualización cartográfica 2024. Se debilitó ciertas estructuras socio-políticas y socio-económicas tradicionales, porque mostraron su funcionalidad a nuevas estrategias de supervivencia de la población indígena, especialmente. El poder de los partidos y su influencia se extendió sobre las formas de organización tradicionales de los pueblos indígenas y comunidades campesinas, así como sus representantes y otras organizaciones populares autónomas. En este contexto, los partidos crearon más canales de influencia política hacia las organizaciones y los movimientos sociales consolidando su relación como partidos políticos tradicionales., sin embargo, qué también, se formaron partidos locales, tanto municipales como departamentales, que restaron fuerza a los “grandes partidos”. Aun cuando se temía que los partidos del gobierno lograrían adherir masivamente a sus filas a las comunidades rurales, esto no sucedió como se pudo comprobar en las elecciones de junio de 1997. Lo que no se puede ignorar son los efectos que tienen el cálculo estratégico y los intereses de los partidos de influir, desde el exterior, sobre las organizaciones locales, así como sobre los espacios de acción de la población y sus estrategias socio-políticas, reproduciendo los efectos perversos de la política prebendalista y corrupta. Tareas que anteriormente había realizado el Estado fueron transferidas a las comunidades continuando con la reestructuración neoliberal de la época. La ley institucionalizó la privatización de actividades sociales a cargo del Estado y dejó a los pobres administrar su propia pobreza, pues, transmitió los vicios de la política urbana a los nacientes municipios, que hoy, son 340, los mismos que no han construido un desarrollo como tal, donde por ejemplo, la provisión de los servicios básicos siguen siendo insatisfechos o la gestión de los recursos naturales renovables, no están presente, ni en municipios grandes y peor en los pequeños, lo que debe obligar, dada la atomización del 40% de los municipios, por población, a rediseñar su existencia y seguramente, la distribución de los recursos económicos que anualmente reciben.
Un hecho innegable, es la corrupción, que hace a la vida municipal presa de políticos aviesos, que protagonizan sucesos de todas las dimensiones, en todas las épocas y en todo lugar. Hubo casos de la desaparición de alcaldes junto a sus administradores que dejaron en cero las cuentas, o son tan pequeños los municipios que tienen sus oficinas ya no en su pueblo, sino en la ciudad capital de su departamento. Un caso tenebroso, fue lo sucedido con el alcalde David Altamirano de Ayo Ayo, que fue asesinado y quemado en la plaza de aquel municipio rural de La Paz, quien fue acorralado por sus concejales, comité de vigilancia y algunos pobladores que hicieron justicia comunitaria porque se negaba a distribuir los dineros municipales entre ellos, como si fuese ese su destino; esta historia estremeció a todo el país en el año 2004. Aquel alcalde vivió a salta de mata durante casi un año, escondido, sin poder hacer gestión y sin poder, tampoco, entregar dineros como le exigían sus propios “municipalistas”, si bien estos hechos nunca más se repitieron, muestran, dado el caso, qué, construir un desarrollo país a partir de los municipios, no ha sido la mejor propuesta, que, en un principio, si, definitivamente, fue una ley y un proceso de construcción municipal, revolucionario.

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A 30 años de la Participación Popular, sus luces y sombras

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24.04.2024

Eduardo Claure

La Ley de Participación Popular entró en vigor en Bolivia el 20 de abril de 1994. Con esta Ley, No.1551, se les otorga una relativa autonomía de gestión pública a los municipios urbanos, y rurales, que fueron creados. Las formas de organización social de los pueblos indígenas adquirieron también, por primera vez, un reconocimiento jurídico, así como determinados derechos de participación a nivel local. La Ley de Participación Popular formaba parte de un paquete de reformas de la coalición en el gobierno (MNR-MBL 1993-97) bajo la presidencia de Gonzalo Sánchez de Lozada (MNR). Parte de este paquete de reformas fueron: la reforma de la constitución, la ley de capitalización, la reforma educativa, la ley para la descentralización y la Ley agraria INRA, que se aprobó a fines de 1996.
Sin embargo de su revolucionario diseño, trajeron consigo, por la mano política, las trampas de la democratización formal, entre ellas las experiencias en las comunidades rurales hacen patente la dimensión de las dificultades a las que se enfrentaban, lo insuficiente que fueron las medidas de apoyo para la implementación de la Ley de Participación Popular y la manera tan distinta en que las comunidades confrontaban las nuevas tareas, a pesar del despliegue de agentes del gobierno central, las prefecturas, las aun existentes corporaciones de desarrollo, agencias de cooperación y cuando no, centenares de ONGs que fueron los operadores de su implementación con infinidad de cursos, talleres y seminarios, capacitando en los procesos de planificación participativa, la administración municipal, su evaluación de gestión y las proyecciones con visión de desarrollo local. Las OTBs y los........

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