Dr. Marco Antonio Ulloa Aguirre

Las Escrituras Publicas o el Testimonio es un documento notarial labrado y otorgado
por el Notario de Fe Publica es un primer ejemplar que es entregado a la parte que requiere los servicios notariales.
Forma parte de los documentos protocolares y de los libros de protocolos notariales
que están bajo custodia del Notario de Fe Publica, tiene en su contenido la transcripción exacta del protocolo o matriz, contiene las declaraciones efectuadas por la voluntad
de las partes insertadas en la minuta correspondiente, lleva en su parte final solamente
la firma del Notario de Fe Publica quien es el que autoriza el documento firmado y sellando ydando Fe Publica de su autorización yotorgamiento.
Articulo 1287 de Código Civil.- El documento publico o autentico es el extendido con
las solemnidades legales por funcionario autorizado para darle fe publica Cuando el
documento se otorga ante un Notario de Fe Publica y se inscribe en un protocolo se llama Escritura Publica.
Articulo 90 inc. Il de la ley 483 del Notariado Plurinacional, se considera titulo ejecutivo
el testimonio
e x p e d i d o por el Notario de Fe Publica, los efectos jurídicos de las
Escrituras Públicas adquieren la calidad de cosa Juzgada, son de cumplimiento obligatorio y tienen fuerza coactiva.
La Escritura Publica en cuanto a su contenido se encuentra reglada por el art 53 de la Ley 483 y establece su contenido y las partes en las que se divide una Escritura Pública y son el encabezamiento el cuerpo y la conclusión.
El encabezamiento es la primera parte de la Escritura Publica, es la formula legal con la que empieza la redacción de ella su elaboración corresponde exclusivamente al
Notario, lleva inserto el Numero correlativo, lugar y fecha de suscripción, contenido de la Escritura Publica en que constara el tipo de documento, las partes que intervienen,
la individualización del inmueble o bien cuando sea necesario, el monto por el cual se suscribe el instrumento publico cuando así corresponda (art.54 ley 483)
El cuerpo de la Escritura Publica, debe contener e incorporar todos los documentos y
formalidades que dan origen a la Escritura Publica, entre ellos la minuta, poder si el caso lo amerita, el nombramiento o delegación, las actas, los recibos de pago de
impuestos, certificaciones, declaraciones yotros según corresponda al tipo de Escritura Publica (art. 5 ley 483 yart.58 del D.S. 2180)
La Conclusión, es la ultima sección del instrumento publico, a través del cual el Notario de Fe Publica da la legalidad y veracidad del documento, documento que redacta y lo extiende siendo responsable de su contenido, firmando e imprimiendo su sello
personal, con lo cual da Fe Publica y garantiza su contenido, es un acto notarial por medio del cual el fedatario hace un cierre de las intervenciones y aceptación de los intervinientes (art. 56 ley 483)

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ESCRITURA PUBLICA

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27.04.2024

Dr. Marco Antonio Ulloa Aguirre

Las Escrituras Publicas o el Testimonio es un documento notarial labrado y otorgado
por el Notario de Fe Publica es un primer ejemplar que es entregado a la parte que requiere los servicios notariales.
Forma parte de los documentos protocolares y de los libros de protocolos notariales
que están bajo custodia del Notario de Fe Publica, tiene en su contenido la transcripción exacta del protocolo o matriz, contiene las declaraciones efectuadas por la voluntad
de las partes insertadas en la minuta correspondiente, lleva en su parte final solamente
la firma del Notario de Fe Publica quien es el que autoriza el documento firmado y sellando ydando Fe Publica de su autorización........

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