De acuerdo con la Constitución y la ley, el Estado financia la organización y el funcionamiento de los partidos políticos y las campañas que adelanten, así como las de los candidatos que avalen.

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Para obtener dicha financiación, que es el mayor aporte que unos y otras reciben, la autoridad correspondiente fija el porcentaje o número mínimo de votos que deben obtener en cada certamen electoral para tener derecho a dicha financiación y el número máximo igualmente de votos cuyos gastos pueden ser reconocidos y pagados por el erario.

El Estado también financia las consultas internas o públicas que realicen los partidos y los llamados grupos significativos de ciudadanos.

Para atender las citadas obligaciones se crea el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, con aporte de 150 pesos por cada ciudadano inscrito en el censo electoral, que ya pueden ser 40 millones.

No todos los gastos realizados ni todos los votos obtenidos dan lugar a la reposición de gastos porque quienes aspiren a esa financiación estatal deben respetar las cuantías

El presupuesto asignado para el 2023 a dicho fondo fue de 90.880 millones de pesos, distribuidos así: 69.638 millones para funcionamiento de los partidos, 3.564 millones para los que hacen oposición, y para el partido de los Comunes, integrado por exmilitantes de las Farc y el único que tiene rango constitucional ordenado por los acuerdos de La Habana, 1.658 millones. Y para gastos de representación, 16.019 millones. Como lo apropiado para este último rubro se agotó antes de lo previsto, el Ministerio de Hacienda debe hacer la adición correspondiente.

Con cargo al citado fondo, que administra el Consejo Nacional Electoral (CNE), se financian entonces las actividades que realicen los partidos y sus candidatos para el cumplimiento de sus propósitos, particularmente para las campañas que adelanten.

El monto de los gastos de reposición que se autorice para estas últimas lo define el CNE teniendo en cuenta si la campaña es nacional o territorial y el número mínimo y máximo de votos que se deben y pueden acreditar para tener derecho a la referida reposición.

En enero de cada año el CNE también determina los límites máximos de los gastos que las campañas pueden realizar para la escogencia o provisión de cargos uninominales o la elección de corporaciones públicas.

Con otras palabras, no todos los gastos realizados ni todos los votos obtenidos dan lugar a la reposición de gastos porque quienes aspiren a esa financiación estatal deben respetar las cuantías y los parámetros que previamente fije la autoridad competente. Con tal fin los partidos y sus candidatos deben rendir cuentas públicas sobre el volumen, origen y destino de sus ingresos.

En razón de lo anotado, se equivocaron los partidos que presentaron candidatos o avalaron las aspiraciones de terceras personas y quienes creyeron que podían presentar cuantiosas cuentas pensando que lo que importaba era obtener buen número de votos y ganar por esa vía elevada reposición.

Unos y otros olvidaron que conforme a lo dispuesto en las leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011, así como en la Resolución 4737 de 2023 del CNE, para tener derecho al citado reembolso de gastos electorales debían haber obtenido el mínimo de votos fijado por la autoridad competente y tener en cuenta que solo se les reconocería la citada reposición con base en el número máximo de sufragios que también hubiese determinado la misma autoridad, siempre que los autorizados hubieran declarado sus gastos en la rendición de cuentas a que están obligados.

Otro hecho político electoral olvidado por partidos y candidatos es que las territoriales de octubre pasado fueron algo así como la primera vuelta de las presidenciales del 2026. Así empezará a verse tan pronto como empiecen a aparecer las aspiraciones a la jefatura del Estado y del Gobierno.

JAIME CASTRO

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Reposicion de gastos electorales tiene límites

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12.12.2023

De acuerdo con la Constitución y la ley, el Estado financia la organización y el funcionamiento de los partidos políticos y las campañas que adelanten, así como las de los candidatos que avalen.

(También le puede interesar: ¿Gobierno de izquierda o fascismo rojo?)

Para obtener dicha financiación, que es el mayor aporte que unos y otras reciben, la autoridad correspondiente fija el porcentaje o número mínimo de votos que deben obtener en cada certamen electoral para tener derecho a dicha financiación y el número máximo igualmente de votos cuyos gastos pueden ser reconocidos y pagados por el erario.

El Estado también financia las consultas internas o públicas que realicen los partidos y los llamados grupos significativos de ciudadanos.

Para atender las citadas obligaciones se crea el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, con aporte de 150 pesos por cada ciudadano inscrito en el censo electoral, que ya pueden ser 40 millones.

No todos los........

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