La Corte Constitucional está siendo el principal baluarte de nuestra democracia ante los continuos intentos del Gobierno de desconocer el Estado de derecho. El primero fue el experimento de crear estados de excepción por regiones para gobernar a través de decretos de ley, cuyo primer ensayo fue el estado de emergencia de La Guajira. Si la Corte no hubiera declarado inconstitucional esa facultad, en este momento las zonas más peligrosas del país estarían gobernadas por decreto. El segundo fue la declaratoria de inconstitucionalidad de la doble tributación en regalías, norma que vulnera claramente los principios básicos del derecho tributario.

La ley de la paz total es un caos total, ya lo he explicado en varias columnas en las que he expuesto que esa norma es una patente de corso para que el Gobierno beneficie sin límites a los grupos al margen de la ley. El mecanismo más peligroso contemplado en esa ley acaba de ser tumbado por la Corte Constitucional: la facultad del Presidente de suspender ilimitadamente órdenes de captura que recordaba las facultades de los emperadores con sus amigos.

En ejercicio de esta norma, el Gobierno había suspendido las órdenes de captura de sus furibundos seguidores líderes de la primera línea y también de otros peligrosos delincuentes en ejercicio de la ‘paz total’ sin rumbo, que lideraba el comisionado Danilo Rueda. Las razones de la Corte para eliminar esa facultad se derivan del principio de separación de poderes, ese que poco respeta ese gobierno. Las decisiones sobre la libertad de los individuos las debe tomar un juez con fundamento en la ley y no un presidente por su propio capricho.

Pero este es solo el comienzo de la debacle de la ley de paz total en la Corte. Para ello solamente hay que ver el valiente salvamento de voto del magistrado Ibáñez, en el cual manifiesta su disenso porque en su opinión la Corte no solamente debió haber tumbado estas facultades, sino muchas otras normas de la ley porque benefician a bandas criminales, como si se tratara de grupos organizados en un proceso de paz. El magistrado Ibáñez lo dice de manera muy clara: “Aplicar el mismo procedimiento a dos tareas que son sustancialmente diferentes, como son la negociación política y el sometimiento a la justicia, es inaceptable en términos constitucionales”.

Igualar a narcotraficantes, sicarios y asesinos a grupos rebeldes como las Farc y el Eln para hacer procesos de paz con los primeros es totalmente contrario al DIH y a la historia de Colombia, que tanto sufrió con narcos como Pablo Escobar. Hoy, a los 30 años de su muerte, pareciera que no hubiéramos aprendido nada, no es posible hacer un proceso de paz con bandas criminales: “El asumir un mismo procedimiento para adelantar las tareas propias de las negociaciones y los acuerdos de paz y las tareas de sometimiento a la justicia y desmantelamiento de las estructuras criminales organizadas es incompatible con la Constitución, porque se otorga a estas últimas las mismas prerrogativas de las primeras, de suerte que por esa vía se puede llegar, y en esto la experiencia empírica disponible parece confirmarlo, a conversaciones con grupos criminales como el clan del Golfo, los Panchecas, los Rastrojos, los Urabeños, el Erpac, la Oficina de Envigado y otras decenas de grupos con la expectativa de lograr acuerdos que los beneficien, sin tener en cuenta al Congreso de la República y a la Rama Judicial”.

Sin embargo, ello no implica que la Corte no revisará esos temas, sino que lo hará más adelante en decisiones que tengan que estudiar temas tan delicados como los de 1) la posibilidad de que el “Presidente de la República podrá constituir regiones de paz, en las que se adelanten, con su autorización, diálogos de paz”, es decir, nuevos Caguanes. 2) La posibilidad de realizar acuerdos parciales a espaldas de Colombia: “Las partes en la mesa de diálogos podrán acordar la realización de acuerdos parciales, cuando lo estimen conveniente, los que deberán ser cumplidos de buena fe” y, la más grave, 3) la posibilidad de que los acuerdos del Gobierno hagan “parte del DIH, conforme a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Constitución Política, en consecuencia, serán vinculantes para las partes”, lo cual implicaría saltarse al Congreso y a la Corte Constitucional.

Esas otras gabelas contempladas en la ley de paz total son un riesgo para la democracia y la seguridad, y seguramente serán tumbadas por la Corte en los próximos meses, pues son totalmente inconstitucionales y violan principios como los de la separación de poderes, el deber del Estado de garantizar los derechos humanos y, sobre todo, el respeto por el Estado social de derecho. No es posible que en una mesa de negociaciones con bandas criminales se negocie el futuro de Colombia como lo quiere hacer el Gobierno. Ver al ‘clan del Golfo’ discutiendo sobre políticas de salud, educación o justicia en un país como Colombia es un despropósito y eso es lo que permite la ley de paz total.

El Gobierno lleva varias semanas haciendo manifestaciones contra la Rama Judicial, sin precedentes en la historia reciente de Colombia. Primero dijo que la caída de la norma que permitía la doble tributación sobre las regalías implicaría la reducción considerable del presupuesto de las ramas del poder público, luego dijo que en 2023 se congelarían los salarios de la Rama Judicial, lo cual no solo es absurdo teniendo en cuenta que la inflación es de más del 10 %, sino que además ya ha sido declarado inconstitucional en el pasado. La Corte Constitucional ha demostrado su independencia y que seguirá siendo la principal defensora del Estado de derecho en Colombia.

LUIS FELIPE HENAO

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La Corte Constitucional y la ‘paz total’

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04.12.2023

La Corte Constitucional está siendo el principal baluarte de nuestra democracia ante los continuos intentos del Gobierno de desconocer el Estado de derecho. El primero fue el experimento de crear estados de excepción por regiones para gobernar a través de decretos de ley, cuyo primer ensayo fue el estado de emergencia de La Guajira. Si la Corte no hubiera declarado inconstitucional esa facultad, en este momento las zonas más peligrosas del país estarían gobernadas por decreto. El segundo fue la declaratoria de inconstitucionalidad de la doble tributación en regalías, norma que vulnera claramente los principios básicos del derecho tributario.

La ley de la paz total es un caos total, ya lo he explicado en varias columnas en las que he expuesto que esa norma es una patente de corso para que el Gobierno beneficie sin límites a los grupos al margen de la ley. El mecanismo más peligroso contemplado en esa ley acaba de ser tumbado por la Corte Constitucional: la facultad del Presidente de suspender ilimitadamente órdenes de captura que recordaba las facultades de los emperadores con sus amigos.

En ejercicio de esta norma, el Gobierno había suspendido las órdenes de captura de sus furibundos seguidores líderes de la primera línea y también de otros peligrosos delincuentes en ejercicio de la ‘paz total’ sin rumbo, que lideraba el comisionado Danilo Rueda. Las razones de la Corte para eliminar esa facultad se derivan del........

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