En la primera Cumbre de 2024 de la Federación Nacional de Departamentos, los 32 gobernadores hicieron eco del clamor de las regiones en demanda del cabal cumplimiento de la autonomía territorial prescrito por la Constitución Política en su artículo 1º. En su declaración, firmada en Cartagena de Indias, enfatizaron en que “están comprometidos con impulsar un modelo de mayor autonomía territorial”, tan venida a menos en tiempos en los que la recentralización ha sido la constante durante los 33 años de la Constitución expedida por la Constituyente de 1991, exacerbada por el presidencialismo, dado que el presidente de la República es, además, Jefe de Estado, Jefe de gobierno y suprema autoridad de la Nación.

El principal reclamo planteado al presidente Gustavo Petro es la reforma del Sistema General de Participaciones (SGP), la bolsa de recursos que la Nación les transfiere a las entidades territoriales, los cuales tienen como destinación específica financiar los programas seccionales de educación, la salud, el agua potable y el saneamiento básico. Originalmente, la Constituyente creó al Situado fiscal, reglado por los artículos 356 y 357 de la Carta y el monto de los recursos estaba atado a una creciente participación en los ingresos corrientes de la Nación (ICN), hasta alcanzar el 47% de los mismos. Su respuesta, aunque lacónica, fue contundente: “Sí hay que cambiarlo”.

No obstante, en lugar de cumplir con lo dispuesto cuando se creó el Situado fiscal, so pretexto de la imposibilidad de cumplir por parte de la Nación con el mandato constitucional debido a la crisis fiscal que provocó la recesión económica de 1999, se reformó la Constitución mediante el Acto legislativo 01 de 2001 y creó el Sistema General de Participaciones (SGP), indexando el incremento de las transferencias acorde con el comportamiento del índice de precios al consumidor (IPC) y desligándolo de los ICN, con grave detrimento para las entidades territoriales. Para dorar la píldora se adujo que dicho cambio sería transitorio, pero como en este país no hay nada más permanente que las normas transitorias, en 2007, cuando perdía vigencia, se aprobó el Acto legislativo 04 extendiendo el menoscabo de las finanzas territoriales. En su declaración, los gobernadores advierten que en lugar del 47% “apenas llegamos a obtener un 20% de los ingresos corrientes de la Nación”.

Pese a ello, dada la precariedad de sus ingresos propios, las entidades territoriales siguen dependiendo en gran medida de los ingresos provenientes del SGP. De acuerdo con un estudio del Banco de la República, entre los años 2002 y 2023, las entidades territoriales dejaron de recibir por cuenta de esas dos reformas la friolera de $387.953.907 millones constantes a diciembre de 2018.

De allí la urgencia de la reforma del SGP tendiente a incrementar gradualmente la participación de las entidades territoriales hasta el 47% de los ICN, no sin antes establecer cuáles de las funciones y competencias que le han sido delegadas deberán ser asumidas como propias por parte de ellas y en caso tal asegurarle los recursos para cubrir los gastos que las mismas le demanden.

*Miembro de Número de la ACCE.

QOSHE - La inaplazable reforma del SGP - Amylkar D. Acosta M
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La inaplazable reforma del SGP

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11.02.2024

En la primera Cumbre de 2024 de la Federación Nacional de Departamentos, los 32 gobernadores hicieron eco del clamor de las regiones en demanda del cabal cumplimiento de la autonomía territorial prescrito por la Constitución Política en su artículo 1º. En su declaración, firmada en Cartagena de Indias, enfatizaron en que “están comprometidos con impulsar un modelo de mayor autonomía territorial”, tan venida a menos en tiempos en los que la recentralización ha sido la constante durante los 33 años de la Constitución expedida por la Constituyente de 1991, exacerbada por el presidencialismo, dado que el presidente de la República es, además, Jefe de Estado, Jefe de gobierno y suprema autoridad de la Nación.

El principal reclamo planteado al presidente Gustavo Petro es la reforma........

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