Definitivamente, no es posible apreciar lo que viene ocurriendo en Cartagena y Bolívar en materia de ejecución de planes, proyectos y programas por parte de sus respectivas administraciones -la distrital y la departamental, respectivamente- sin estimar en su real dimensión la importancia del principio de colaboración armónica entre las entidades públicas.

Es claro que, para satisfacer el cumplimiento de la mayoría de sus fines esenciales, los diferentes entes territoriales tienen el deber de cooperar entre sí, y ello es lo que, afortunadamente, han comprendido el alcalde de Cartagena y el gobernador de Bolívar.

Por otra parte, la Sentencia C-983/05 de la Corte Constitucional, refiriéndose a las competencias del Gobierno nacional, las gobernaciones y las alcaldías, señala que “el principio de concurrencia desempeña una papel fundamental” y advierte que “la Nación no puede dejar de estar pendiente de la suerte de las entidades territoriales”.

Así, la opinión pública tiene razones para aplaudir los esfuerzos mancomunados que están desplegando los mandatarios del Distrito y el departamento para sacar adelante determinadas iniciativas; pero, al tiempo, tiene argumentos para cuestionar que similares propósitos no se tengan por parte del alto gobierno.

De acuerdo con lo expuesto recientemente por el director nacional del Nuevo Liberalismo, Juan Manuel Galán, de cada 100 pesos que le ingresan a la Nación por concepto de impuestos, $84 los maneja el Gobierno nacional a su libre albedrío; $4 son destinados a proyectos en los 32 departamentos, y los restantes $12 a los 1.101 municipios y $12 distritos del país.

No obstante tal desproporción, y a pesar del deber que le asiste al Ejecutivo Nacional de apalancar los planes, proyectos y programas de los entes territoriales, sorprende el desinterés de los funcionarios del alto gobierno por coadyuvar la ejecución cabal de obras como las del canal del Dique y la Protección Costera, entre otras, así como el salvamento del Sistema Integrado de Transporte Masivo -SITM - de Cartagena -Transcaribe; la recuperación de las caños, lagos y restantes cuerpos de agua de la Ciudad Heroica; y la terminación de la Vía Perimetral de la Virgen, también entre otras iniciativas.

La ley establece de forma precisa la distribución de competencias entre la Nación y los entes territoriales. Asimismo, determina que las mismas deben ser ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad.

Pero hay que advertir que es inaceptable que ciertos funcionarios invoquen estos principios para exacerbar el centralismo.

Por ello, al tiempo que se exhorte al Gobierno nacional a concurrir con recursos la ejecución de las obras requeridas, debe exigirse respeto por los principios de la descentralización administrativa y de la autonomía territorial.

Y que quede claro, porque -por lo visto - ciertos servidores públicos no lo han entendido: los recursos que destina la Nación a la cofinanciación de obras en el territorio no son un regalo; por lo general, como lo advirtió recientemente el alcalde de Cartagena, son parte del aporte de los entes locales al PIB nacional.

QOSHE - Los principios de cooperación y concurrencia - Fejed David Alí
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Los principios de cooperación y concurrencia

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27.04.2024

Definitivamente, no es posible apreciar lo que viene ocurriendo en Cartagena y Bolívar en materia de ejecución de planes, proyectos y programas por parte de sus respectivas administraciones -la distrital y la departamental, respectivamente- sin estimar en su real dimensión la importancia del principio de colaboración armónica entre las entidades públicas.

Es claro que, para satisfacer el cumplimiento de la mayoría de sus fines esenciales, los diferentes entes territoriales tienen el deber de cooperar entre sí, y ello es lo que, afortunadamente, han comprendido el alcalde de Cartagena y el gobernador de Bolívar.

Por otra parte, la Sentencia C-983/05 de la Corte Constitucional, refiriéndose a las competencias del Gobierno nacional, las gobernaciones y las alcaldías, señala que........

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