Los gobiernos están en el deber de atender demandas colectivas en el marco de los lineamientos de la Constitución y la Ley, sin que ello limite su capacidad recursiva, cuando las circunstancias lo ameriten. Asimismo, los periodistas y ciudadanos tienen derecho a indagar sobre las fuentes que permiten las ejecuciones públicas, sin que medien suspicacias. Es un secreto a voces que muchos procesos de la Administración Pública son demasiado lentos y en ocasiones se convierten en obstáculos para los propósitos de los gobernantes de mostrar resultados tempranos, especialmente en los inicios de un período administrativo.

Si partimos de la base que la contratación pública en Colombia establece las modalidades de mínima cuantía, menor cuantía y licitación pública, ninguna administración podría ejecutar acciones en cualquier frente, ya que tales procesos tienen duración promedio entre uno y seis meses, sin incluir la contratación directa, porque esta es de carácter restrictivo.

Tal circunstancia choca entonces con las demandas ciudadanas de obtener resultados inmediatos a problemas sociales, y con las recomendaciones de estrategas y asesores políticos en el sentido de que los nuevos gobiernos muestren “victorias tempranas”. Así las cosas, los líderes de las administraciones territoriales se ven abocados a emplear, con sus respectivos equipos de trabajo, dosis de ingenio, creatividad y recursividad, o por el contrario asumir una inactividad operativa con las manos atadas por los delgados hilos de las interpretaciones jurídicas, o por temores a suspicacias.

Lo que Cartagena ha experimentado en los primeros días de la administración del alcalde mayor, Dumek Turbay Paz, es una muestra de capacidad recursiva para ejecutar acciones tempranas en varios frentes y con ello lograr legítimamente positivos golpes de opinión y de aceptación ciudadana, con trascendencia nacional.

Las acciones hasta el momento desarrolladas, desde la implementación del Plan Titán 2024 en el Centro Histórico, la creación de los centros de atención al turista; recuperación de un sector abandonado de Chambacú y del Parque Lineal de Crespo, entre otras, son el punto de partida para intervenciones de mayor envergadura, que demandarán los correspondientes procesos contractuales, y no presagian ser simples paliativos o medidas transitorias.

Quienes conocen de cerca la dinámica de la administración pública saben que existen múltiples opciones para realizar intervenciones efectivas sin un contrato específico, y sin violar principios legales o éticos; como también se conoce que algunos funcionarios sufragan con sus propios recursos gastos menores, cuando las circunstancias no le garantizan el acceso a recursos públicos en el tiempo que se requiere. Desconozco cuáles son los mecanismos y fuentes a los que ha apelado el nuevo alcalde, pero mientras no se demuestre que ha transgredido tales principios, sus acciones justifican plenamente el respaldo ciudadano.

*Asesor en comunicaciones.

QOSHE - Recursividad y suspicacias - Germán Danilo Hernández
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Recursividad y suspicacias

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10.01.2024

Los gobiernos están en el deber de atender demandas colectivas en el marco de los lineamientos de la Constitución y la Ley, sin que ello limite su capacidad recursiva, cuando las circunstancias lo ameriten. Asimismo, los periodistas y ciudadanos tienen derecho a indagar sobre las fuentes que permiten las ejecuciones públicas, sin que medien suspicacias. Es un secreto a voces que muchos procesos de la Administración Pública son demasiado lentos y en ocasiones se convierten en obstáculos para los propósitos de los gobernantes de mostrar resultados tempranos, especialmente en los inicios de un período administrativo.

Si partimos de la base que la contratación pública en Colombia establece las modalidades de mínima cuantía, menor cuantía y........

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