Los responsables de la revista Mongolia están siendo juzgados por el presunto delito de blasfemia. Bueno, ya no se llama así. Desde 1988, el artículo 525 del Código Penal español permite multar, por escarnio, a quien ofenda los sentimientos de los miembros (o de un miembro) de una comunidad religiosa. En un rasgo de lo que podríamos llamar sarcasmo legislativo, también puede sufrir una multa quien se burle de los ateos.

El artículo 525 es un vestigio del pasado. Si se excavara en el texto, creo que podríamos llegar a Fernando VII. Carece de sentido incluir la ofensa entre los delitos penales. Y me refiero a cualquier ofensa. Tanto la infligida a los sentimientos religiosos como a cualquier otro sentimiento. Sí, las palabras y las imágenes pueden herir. Pero, me parece, sólo deben ser punibles cuando se enmarcan en uno de los llamados “crímenes contra la libertad”, como el acoso laboral, sexual o de cualquier otro tipo. Como la violencia psicológica en pareja: es acoso, no ofensa.

QOSHE - Siéntanse libres para insultarme - Enric González
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Siéntanse libres para insultarme

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26.11.2023

Los responsables de la revista Mongolia están siendo juzgados por el presunto delito de blasfemia. Bueno, ya no se llama así. Desde 1988, el artículo 525 del Código Penal español permite multar, por escarnio, a quien ofenda los sentimientos de........

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