El reconocido prestigio: una explicación empírica
Ha sido muy polémica la sentencia del Tribunal Supremo que descabalga nada menos que a la presidenta del Consejo de Estado de su cargo. La culpa ha sido la interpretación que hace el Tribunal del inciso “jurista de reconocido prestigio” del art. 6 de la Ley Orgánica 3/1980 del Consejo de Estado. Similares exigencias requiere el art. 345 de la Ley Orgánica del Poder........
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