El comunicado de prensa CP 27/2021 17, de mayo de 2021, del Banco Central de Bolivia dice: “a objeto de evitar riesgos y fraudes a la población en general, resolvió a través de Resolución de Directorio N° 144/2020 de 15 de diciembre de 2020, prohibir el uso de criptoactivos (monedas digitales o virtuales), al no constituirse en monedas de curso legal”, pero revisando dicha resolución nos damos cuenta que ese comunicado es falso y engañoso, porque la mencionada resolución dice textualmente: “Se prohíbe el uso de Instrumentos Electrónicos de Pago autorizados por el BCB para efectuar operaciones de compra-venta de criptoactivos a través de canales electrónicos de pago”, es decir, no se está prohibiendo a José ni a Manuel intercambiar bitcoin (Btc), se prohíbe a las instituciones financieras utilizar sus plataformas digitales para realizar compra y venta de criptoactivos, lo que es diferente.

No es delito si decido reunirme en un café para cambiar “criptos” por dinero fiduciario, Btc por bolivianos o dólares, Tether Usdt (otra criptomoneda) por bienes o servicios. Además, Btc tiene curso legal en El Salvador y República de Centroafricana, tal como si se tratara de soles peruanos o dólares canadienses. Una resolución administrativa y los comunicados de una institución pública no pueden frenar el intercambio libre y voluntario de un activo digital que se presenta como cosa fungible sujeto a la libre contratación y comercio, parte de la libertad económica del individuo.

Pero esta mentira se repite todos los días y a cada momento por las pantallas de los bancos que alarman a la población con un video con sonidos de sirenas policiales que empieza con: “¡Cuidado!”.

Chainalysis, empresa encargada de medir datos y presentar su Crime Report, concluye: “en general, la actividad ilícita de criptomonedas sigue siendo una pequeña parte del volumen total, de menos del 1%”. Es decir, los delincuentes prefieren utilizar dinero en efectivo o transacciones bancarias para cometer delitos, porque los criptoactivos están registrados en la cadena de bloques (blockchain), que permite el rastreo para descubrir el origen y final del crimen.

Intencionalmente o por ignorancia, la burocracia infunde miedo, incertidumbre y duda (F.U.D. por sus siglas en inglés) cuando los países de la región y del mundo no prohíben las transacciones en criptomonedas por ningún motivo y, más bien, sacan provecho de ellas, buscando la manera de que se pueda cobrar impuestos por las transferencias con fines de lucro. En vez de restringir la libertad, buscan un papel meramente regulatorio de cobradores de impuestos.

Las más grandes instituciones financieras del mundo como: VanEck, WisdomTree, Fidelity Franklin Templeton, Invesco Galaxy, Valkyrie, ARK21Shares, Bitwise RK, Hashdex y Grayscale solicitaron permisos al Gobierno estadounidense para ofrecer a sus clientes ETF (conjunto de activos que se cotizan en las bolsas de valores) de Btc. BlackRock, el fondo de inversión más grande del planeta, ha promovido el interés por crear el primer fondo cotizado en bolsa (ETF) de Btc en formato spot. MicroStrategy, una compañía de inversionistas, va acumulando Btc de una forma imparable. Estas financieras compiten entre ellas por quien compra y acumula más oro digital. Nuestra banca está en el pasado.

Pero en Bolivia, el miedo y la “prohibición” han desatado una suerte de persecución y abuso contra los bitcoiners, existen personas que han sido citadas para intercambiar “criptos” y fueron sorprendidas y robadas bajo la amenaza de inicio de juicio penal, obligadas a entregar sus monedas a “policías” para evitar la persecución judicial Y hay innumerables casos donde basta que en la glosa de la transacción digital bancaria figure las palabras: “bitcoin”, “criptomonedas” o “criptoactivos”, para que se inicie una suerte de tortura que empieza con un mensaje del banco pidiendo información sobre el ingreso y destino del dinero, fuente laboral, justificaciones y descargos en un país de economía informal. Así empieza el proceso penal por legitimación de ganancias ilícitas, estafa, etc., por simple sospecha.

Es decir, la maquinaria perversa del aparato estatal está utilizando una simple resolución administrativa de prohibición a la banca para criminalizar y prohibir la libertad de los individuos, este abuso no puede continuar, menos en este momento de inestabilidad económica donde aumentó la demanda de criptoactivos para proteger el capital y patrimonio, en una suerte de refugio de valor.

El autor es representante del Instituto Libertad Capitalismo y Empresa (ILCE)

QOSHE - La realidad del "bitcoiner" - Luis Christian Rivas Salazar
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La realidad del "bitcoiner"

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02.03.2024

El comunicado de prensa CP 27/2021 17, de mayo de 2021, del Banco Central de Bolivia dice: “a objeto de evitar riesgos y fraudes a la población en general, resolvió a través de Resolución de Directorio N° 144/2020 de 15 de diciembre de 2020, prohibir el uso de criptoactivos (monedas digitales o virtuales), al no constituirse en monedas de curso legal”, pero revisando dicha resolución nos damos cuenta que ese comunicado es falso y engañoso, porque la mencionada resolución dice textualmente: “Se prohíbe el uso de Instrumentos Electrónicos de Pago autorizados por el BCB para efectuar operaciones de compra-venta de criptoactivos a través de canales electrónicos de pago”, es decir, no se está prohibiendo a José ni a Manuel intercambiar bitcoin (Btc), se prohíbe a las instituciones financieras utilizar sus plataformas digitales para realizar compra y venta de criptoactivos, lo que es diferente.

No es delito si decido reunirme en un café para cambiar “criptos” por dinero fiduciario, Btc por bolivianos o dólares, Tether Usdt (otra criptomoneda) por bienes o servicios. Además, Btc tiene curso legal en El Salvador y República de Centroafricana,........

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