Los conflictos que han ocurrido en días pasados entre el Congreso, el presidente y la Suprema Corte de Justicia me recordaron algunas valiosas lecciones que aprendí cuando era estudiante.

En las clases de historia nos enseñaron que los redactores de la Constitución se inspiraron en los escritos del filósofo político francés Montesquieu (1689-1755). En su libro “De L’Esprit des Loix” (El espíritu de las leyes), publicado en 1748, Montesquieu defendía una “separación de poderes” en legislativo, ejecutivo y judicial para evitar la tiranía.

Montesquieu argumentó: “cuando los poderes legislativo y ejecutivo están unidos en la misma persona... no puede haber libertad”. Sin embargo, el término “separación de poderes” es engañoso, ya que, en realidad, son las instituciones las que están separadas, no los poderes.

Recuerdo los cursos que tomé con el profesor Richard Neustadt, en Harvard. Fue el experto que más ayudó a aclarar esta posible confusión para el caso de Estados Unidos. Nos decía: “se supone que la Convención Constitucional de 1787 creó un gobierno de ‘poderes separados’. No hizo nada por el estilo. Más bien, creó un gobierno de instituciones separadas que comparten poder”.

Es así como en el intrincado entramado de teorías de la gobernanza, destacan los dos conceptos: “separación de poderes” e “instituciones separadas que comparten poder”. Si bien estos términos pueden parecer similares a primera vista, cuando uno profundiza en los escritos del profesor Neustadt se aclaran las distinciones y nos damos cuenta de cómo estos modelos dan forma a la dinámica de políticas públicas y a los resultados gubernamentales.

Creo que sería muy recomendable para la próxima presidenta de México, y su equipo, analizar esta discusión más temprano que tarde.

El concepto de “separación de poderes” tiene sus raíces en las obras fundamentales de filósofos políticos que, como Montesquieu, encarnan la división de la autoridad gubernamental entre distintos poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), cada uno de los cuales posee funciones autónomas. Esta división sirve como salvaguardia contra la tiranía al impedir la concentración del poder en manos de una sola entidad. Pero tiene sus limitaciones en la gobernanza moderna.

Contrariamente a la rígida compartimentación que implica la separación de poderes, Neustadt introduce la noción de “instituciones separadas que comparten poder”. En este modelo, si bien las ramas del gobierno mantienen sus identidades distintas, participan en interacción y negociación continua. La gobernanza eficaz depende no sólo de la distribución del poder sino también de la capacidad de las instituciones para colaborar e influirse unas en otras.

La perspectiva de Neustadt ofrece una lente crítica a través de la cual podemos examinar estos dos modelos de gobernanza. En teoría, el modelo de separación de poderes enfatiza la independencia institucional, los controles y equilibrios. Cada poder opera dentro de sus límites constitucionales, sirviendo como contrapeso a posibles intrusiones de otros. Este marco fomenta la estabilidad y protege contra los abusos de autoridad, promoviendo el estado de derecho y la gobernanza democrática.

Sin embargo, Neustadt sostiene que la separación de poderes por sí sola no garantiza una gobernanza eficaz. En las naciones modernas caracterizadas por la complejidad y la interdependencia, la rígida demarcación de poderes puede impedir la coordinación y obstaculizar la toma de decisiones oportuna. Las instituciones separadas que comparten el poder, por otro lado, adoptan un enfoque más fluido, donde la colaboración y la negociación entre ramas no sólo son permisibles sino también fomentadas. La clave es la responsabilidad.

Neustadt aclara las vulnerabilidades inherentes de la autoridad presidencial, que a menudo depende de la persuasión y la negociación más que de poderes formales. Esta idea subraya la importancia de las redes y relaciones informales a la hora de los resultados de las políticas, trascendiendo los límites de las estrictas fronteras institucionales.

En la práctica, esto implica cultivar una cultura de negociación y compromiso, donde los actores institucionales reconozcan el valor de la búsqueda de objetivos comunes. También subraya la importancia del liderazgo para navegar las complejidades de la gobernanza, aprovechando los poderes informales para construir coaliciones y salvar divisiones.

Todos quisiéramos saber, desde hoy, cómo va a ser la próxima presidencia de México. La clave está en tratar de entender y centrarse en la intersección de “lo personal” y “lo institucional”. Hay un gobierno permanente, que no cesa, y una cosa es la persona y otra la institución. En el momento en que se cruzan sabremos si habrá continuidad o cambio.

La tarea no es sencilla. Cuando queremos saber cómo será la próxima presidencia, también tendremos que averiguar cómo será el próximo congreso y el próximo poder judicial y el próximo equipo de gobierno. Necesitamos averiguar cómo van a utilizar su influencia personal y su autoridad formal.

La presidenta tendrá poderes formales que le brindarán ventajas de negociación en el sistema de instituciones separadas. Pero son la reputación profesional y el prestigio público los que le permitirán persuadir, convencer y así ejercer su verdadero poder.

Es interesante pensar en los desafíos que enfrentará la nueva presidenta. Aquí esbozo sólo algunos:

Hay muchas preguntas que no tienen respuesta. Todavía no hemos pasado, en México de la presidencia personal a la presidencia institucional. Tal vez eso no ocurrirá pronto. Primero necesitamos saber más sobre la intersección de “lo personal” y “lo institucional” y cómo esto dará forma a la nueva presidencia.

El libro “Presidential Power” (1960) de Richard E. Neustadt es la obra fundamental para entender la presidencia. Un elemento central del argumento del profesor de Harvard era el reconocimiento del papel único de la presidencia y sus implicaciones para la dinámica de la gobernanza. Sigue vigente.

QOSHE - El poder no se divide, se comparte - Javier Treviño
menu_open
Columnists Actual . Favourites . Archive
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close
Aa Aa Aa
- A +

El poder no se divide, se comparte

35 18
27.04.2024

Los conflictos que han ocurrido en días pasados entre el Congreso, el presidente y la Suprema Corte de Justicia me recordaron algunas valiosas lecciones que aprendí cuando era estudiante.

En las clases de historia nos enseñaron que los redactores de la Constitución se inspiraron en los escritos del filósofo político francés Montesquieu (1689-1755). En su libro “De L’Esprit des Loix” (El espíritu de las leyes), publicado en 1748, Montesquieu defendía una “separación de poderes” en legislativo, ejecutivo y judicial para evitar la tiranía.

Montesquieu argumentó: “cuando los poderes legislativo y ejecutivo están unidos en la misma persona... no puede haber libertad”. Sin embargo, el término “separación de poderes” es engañoso, ya que, en realidad, son las instituciones las que están separadas, no los poderes.

Recuerdo los cursos que tomé con el profesor Richard Neustadt, en Harvard. Fue el experto que más ayudó a aclarar esta posible confusión para el caso de Estados Unidos. Nos decía: “se supone que la Convención Constitucional de 1787 creó un gobierno de ‘poderes separados’. No hizo nada por el estilo. Más bien, creó un gobierno de instituciones separadas que comparten poder”.

Es así como en el intrincado entramado de teorías de la gobernanza, destacan los dos conceptos: “separación de poderes” e “instituciones separadas que comparten poder”. Si bien estos términos pueden parecer similares a primera vista, cuando........

© SDP Noticias


Get it on Google Play